NACIONES
UNIDAS
Distr.
GENERAL
S/1999/483
27 de abril de 1999
ESPAÑOL
ORIGINAL: INGLÉS
INFORME DEL SECRETARIO GENERAL SOBRE LA SITUACIÓN RELATIVA
AL SÁHARA OCCIDENTAL
I. INTRODUCCIÓN
1. Este informe se presenta de conformidad con la resolución 1232 (1999)
del Consejo de Seguridad, de 30 de marzo de 1999, en la que el Consejo
prorrogó el mandato de la Misión de las Naciones Unidas para el
Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO) hasta el 30 de abril de
1999, con la expectativa de que se llegase a un acuerdo en torno a los
distintos protocolos y el calendario de aplicación sin menoscabar la
integridad del conjunto de medidas y de que la Misión podría llevar a
cabo las operaciones de identificación y apelación con prontitud. El
informe abarca lo sucedido desde que presenté mi anterior informe al
Consejo de Seguridad, fechado el 22 de marzo de 1999 (S/1999/307).
II. ACONTECIMIENTOS OCURRIDOS DURANTE EL PERÍODO QUE SE EXAMINA
A. Consultas con las partes
2. Como se describía en mi informe de fecha 11 de diciembre de 1998
(S/1998/1160), las disposiciones básicas del conjunto de medidas de las
Naciones Unidas, encaminadas a acelerar el proceso del referéndum, que
se presentaron a las partes, el Reino de Marruecos y el Frente Popular
para la Liberación de Saguía el-Hamra y del Río de Oro (Frente
POLISARIO), en octubre de 1998, eran las siguientes: el inicio del
proceso de apelación para los solicitantes ya identificados, al mismo
tiempo que la identificación de los restantes solicitantes miembros de
los grupos tribales H41, H61 y J51/52 que deseaban presentarse
individualmente; la oficialización efectiva de la presencia de la
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados
(ACNUR) en el Territorio, a fin de poder efectuar los preparativos
necesarios para la repatriación de los refugiados y otros saharauis
residentes fuera del Territorio con derecho a votar, junto con sus
familiares inmediatos; y un calendario revisado, con arreglo al cual el
período de transición se iniciaría en junio-julio de 1999 y el
referéndum se celebraría en diciembre de 1999.
3. Como también se describían en mi informe del 11 de diciembre de 1998,
las medidas que la MINURSO habría de tomar con la cooperación de las
partes se detallaban en una serie de documentos, entre los que
figuraban un protocolo sobre la identificación de los restantes
solicitantes miembros de los grupos tribales H41, H61 y J51/52 que
deseaban presentarse individualmente, un protocolo relativo a los
procedimientos de apelación, un memorando sobre las actividades del
ACNUR en la región y un calendario en el que se esbozaban las
siguientes etapas de aplicación del Plan de Arreglo de las Naciones
Unidas (véanse los documentos S/21360 y S/22464 y Corr.1).
4. En el curso de mi visita a la región, a finales de 1998, el Frente
POLISARIO aceptó oficialmente el conjunto de medidas propuestas por las
Naciones Unidas. Por su parte, Marruecos expresó reservas y solicitó
aclaraciones acerca de las disposiciones básicas del conjunto de
medidas. Como se indicaba en mi informe anterior (S/1999/307), el 22 de
marzo de 1999, tras varias rondas de consultas con las Naciones Unidas,
el Gobierno de Marruecos aceptó en principio el conjunto de medidas, en
el entendimiento de que se efectuarían determinadas modificaciones en
los protocolos de identificación y apelación y de que la MINURSO
propondría a las partes directrices prácticas, junto con un calendario
revisado. El Gobierno de Marruecos propuso que se reanudase el proceso
de identificación en mayo de 1999, que el proceso de apelación se
iniciase en junio de 1999 y que el referéndum se celebrase en marzo del
año 2000.
5. Durante el período que se examina, mi Representante Especial en
funciones, Robin Kinloch, celebró consultas sobre el conjunto de
medidas con el Coordinador Representante del Frente POLISARIO, Emhamed
Khaddad, el 28 de marzo de 1999, y con el Ministro del Interior, Driss
Basri, y otros funcionarios marroquíes los días 8 y 9 de abril de 1999.
A continuación, el 9 de abril de 1999, se comunicaron a las partes los
protocolos enmendados de identificación y apelación, junto con
directrices prácticas pormenorizadas para aplicar esos protocolos. Tras
la celebración de amplias discusiones entre las Naciones Unidas y las
dos partes en la Sede, del 12 al 23 de abril de 1999, se elaboró la
versión definitiva de esos documentos, además de un calendario general,
y todo ello fue transmitido a las partes el 26 de abril de 1999. En mis
cartas de acompañamiento al Ministro de Relaciones Exteriores y
Cooperación del Reino de Marruecos, Mohammed Benaissa, y al Secretario
General del Frente POLISARIO, Mohammed Abdelaziz, pedí a las partes que
dieran a conocer sus posiciones oficiales sobre los documentos en el
plazo de los dos días siguientes, para que el Consejo de Seguridad
pudiese ser informado y adoptase la pertinente decisión. Esos
documentos se publicarán como adición al presente informe.
6. En los protocolos enmendados y en las directrices prácticas se dispone
la reanudación de la labor de identificación el 1º de junio de 1999 y
su conclusión (sujeta a la posterior confirmación por Marruecos, que
aportará dos jeques para identificar a los solicitantes de la tribu H61
Ait Usa) en noviembre de 1999, y el inicio del proceso de apelación el
1º de julio de 1999 y su conclusión antes de febrero del año 2000. En
el esbozo de calendario revisado para el proceso de referéndum, se
prevé que, con la cooperación ininterrumpida de ambas partes, el
período de transición podría comenzar en febrero del año 2000, con
miras a celebrar el referéndum en julio del año 2000.
7. Los recursos presupuestarios disponibles actualmente bastarán para
reanudar el proceso de identificación en junio de 1999. Harán falta más
recursos a partir de julio de 1999, para que la MINURSO pueda aumentar
de 25 a 30 el número de miembros de la Comisión de Identificación, como
autorizó el Consejo de Seguridad en su resolución 1204 (1998), de 30 de
octubre de 1998. También se desplegará más personal administrativo y de
apoyo. Además, en ese momento hará falta aumentar las aeronaves a
disposición de la MINURSO y su equipo de apoyo logístico, para
facilitar la realización al mismo tiempo de los procesos de
identificación y apelación.
8. La Misión necesitará además más locales para formar a los nuevos
miembros de la Comisión de Identificación, ya que los disponibles
actualmente en El Aaiún son insuficientes para ello. Las autoridades
marroquíes han indicado estar dispuestas a facilitar esos locales fuera
de El Aaiún.
B. Aspectos militares
9. Al 23 de abril de 1999, el número de efectivos de todos los rangos del
componente militar de la MINURSO era de 203 (véase el anexo). Bajo el
mando del General de División Bernd S. Lubenik (Austria), el componente
militar de la MINURSO sigue supervisando la cesación del fuego entre
las fuerzas del Ejército Real de Marruecos y del Frente POLISARIO, que
entró en vigor el 6 de septiembre de 1991. La zona bajo la
responsabilidad de la MINURSO sigue en calma y no ha habido indicios de
que ninguna de las partes tenga intención de reanudar las hostilidades.
10. En cuanto a las disposiciones sobre el aporte de armas contenidas en el
párrafo 42 del acuerdo sobre el estatuto de las fuerzas firmado entre
las Naciones Unidas y Marruecos, en breve se iniciarán consultas con
las autoridades marroquíes para establecer un arreglo detallado sobre
su aplicación.
11. A raíz del acuerdo militar de 12 de marzo de 1999 entre la MINURSO y el
Ejército Real de Marruecos, relativo a la señalización y la destrucción
de las minas y municiones no explosionadas en la zona de la Misión,
concluyó felizmente la primera operación de limpieza. El Comandante de
la Fuerza de la MINURSO concluyó un acuerdo militar similar con las
fuerzas del Frente POLISARIO el 5 de abril. Como se observó en mi
informe anterior (S/1999/307), no hay que considerar que esos esfuerzos
puedan sustituir el necesario despliegue, a su debido tiempo, de una
unidad de remoción de minas, que complete las tareas relacionadas con
las minas de la Misión, en particular las previstas en el programa de
repatriación de los refugiados saharauis con derecho a votar y sus
familiares inmediatos.
12. En cuanto al equipo de comunicaciones sustraído de una estación de la
MINURSO situada al este del muro de arena defensivo (berma) en febrero
de 1999 (véase el documento S/1999/307, párr. 15), el Frente POLISARIO
y las autoridades argelinas se han ofrecido a ayudar a la MINURSO a
investigar la sustracción y a recuperar los aparatos.
13. Prosiguen las discusiones con las autoridades marroquíes acerca de la
continuación del pago por la MINURSO de un alquiler de 12.500 dólares
al mes por su complejo logístico de El Aaiún. Se prevé que las
autoridades marroquíes podrán resolver este problema, a la luz de las
disposiciones pertinentes del acuerdo sobre el estatuto de las fuerzas
que han firmado recientemente las Naciones Unidas y Marruecos.
C. Aspectos relacionados con la policía civil
14. Los efectivos del componente de policía civil de la MINURSO ascienden
a 22 agentes (véase el anexo), quienes se hallan bajo el mando del
Comisionado en funciones, Subcomisario Sunil Roy (India). Durante el
período que se examina, dos oficiales de la policía civil completaron
su mandato.
15. Para reanudar el proceso de identificación, los efectivos del
componente de policía civil de la MINURSO volverán a ser su total
autorizado de 81 agentes. Entretanto, el componente está preparando un
programa de formación inicial para los funcionarios que se incorporen a
él. Además, sigue desempeñando tareas de seguridad en El Aaiún y
Tinduf, custodiando los expedientes de la Comisión de Identificación y
preparando los planes logísticos de repatriación y dedicándose a
cuestiones conexas.
D. Labor preparatoria de la repatriación de los refugiados saharauis
16. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Refugiados, en estrecha consulta y coordinación con la MINURSO,
prosiguió su labor preparatoria de la repatriación de los refugiados
saharauis, conforme a lo dispuesto en el Plan de Arreglo (S/21360 y
S/22464 y Corr.1). En una reunión con el Ministro del Interior de
Marruecos en El Aaiún el 8 de abril de 1999, el ACNUR recibió
seguridades de que, como había solicitado, puede iniciar sus
actividades preparatorias en el Territorio, comprendidas medidas de
fomento de la confianza, mejora de infraestructuras y planificación
logística. El ACNUR espera confirmar con las autoridades marroquíes una
fecha próxima para la reunión del comité técnico mixto, comprendida una
visita conjunta de reconocimiento al Territorio.
17. En espera de que se cree un grupo de trabajo oficial mixto del ACNUR y
Marruecos, el 15 de abril de 1999 se envió a Rabat una misión del
ACNUR, encargada de discutir con el Ministro del Interior las enmiendas
formuladas por éste verbalmente al protocolo relativo a la repatriación
de los refugiados. Se espera celebrar ulteriores conversaciones entre
el ACNUR y Marruecos en Ginebra, en mayo de 1999.
18. Una misión del ACNUR visitó además Tinduf los días 10 al 14 de abril
de 1999 y sostuvo conversaciones con el Frente POLISARIO en torno a la
reanudación del ejercicio de preinscripción en los dos campamentos que
quedan en la zona de Tinduf. El ACNUR espera reanudar ese ejercicio el
3 de mayo de 1999 y proseguir sus discusiones sobre el protocolo
relativo a la repatriación de los refugiados con el Frente POLISARIO.
III. ASPECTOS FINANCIEROS
19. Como indiqué en mi informe anterior al Consejo de Seguridad, la
Asamblea General, en su resolución 53/18, de 2 de noviembre de 1998,
aprobó la consignación de la suma adicional de 37,3 millones de
dólares, equivalente a unos 4,7 millones de dólares mensuales, para el
mantenimiento de la MINURSO por el período comprendido entre el 1º de
noviembre de 1998 y el 30 de junio de 1999. Mi proyecto de presupuesto
de 11 de febrero de 1999 (A/53/820), correspondiente al siguiente
período de 12 meses, comprendido entre el 1º de julio de 1999 y el 30
de junio de 2000, que la Asamblea General ha de examinar en la
continuación de su quincuagésimo tercer período de sesiones, asciende a
unos 49 millones de dólares y se basa en las necesidades operacionales
de la Misión a nivel de mantenimiento, con inclusión del proceso de
identificación. En consecuencia, si el Consejo decidiera ampliar el
mandato de la MINURSO, como se recomienda en el párrafo 26 infra, el
costo del mantenimiento de la MINURSO en el período de la prórroga
estaría dentro de los recursos que ya se han facilitado a la Misión y
de la consignación que ha de aprobar la Asamblea General. Si la
aplicación del calendario revisado para el proceso del referéndum
requiriera recursos adicionales, solicitaré una consignación adicional
de la Asamblea General. Al 27 de abril de 1999, las cuotas pendientes
de pago para la cuenta especial de la MINURSO ascendían a 59,5 millones
de dólares. El total de las cuotas pendientes de pago para todas las
operaciones de mantenimiento de la paz a esa fecha ascendía a 1.590,9
millones de dólares.
IV. OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES
20. Como se indica en el párrafo 5 supra, espero que el Gobierno de
Marruecos y el Frente POLISARIO me comuniquen en breve sus posiciones
oficiales acerca de los protocolos y las directrices prácticas, que
disponen la reanudación del proceso de identificación el 1 de junio de
1999 y el inicio del proceso de apelación el 1 de julio de 1999. Tengo
el convencimiento de que, como pidió el Consejo de Seguridad, estas
disposiciones propuestas por las Naciones Unidas son coherentes con el
conjunto de medidas que expuse en octubre de 1998, y mantienen su
integridad, y de que los procesos de identificación y apelación, si se
impulsan prontamente, podrán concluir en noviembre de 1999 y en febrero
del año 2000, respectivamente. Creo que ya se han asentado unos
cimientos firmes para concluir esa fase del Plan de Arreglo, a
condición de que se mantengan en todo momento la cooperación y el apoyo
plenos y sin ambigüedades de ambas partes.
21. La realización simultánea de los procesos de identificación y apelación
abreviará el plazo fijado al proceso del referéndum, pero aumentará las
necesidades de personal y logísticas de la Comisión de Identificación
de julio a noviembre de 1999. Tengo el propósito de formular en su
debido momento, para cubrir esas necesidades, propuestas
presupuestarias complementarias.
22. Me alientan los progresos alcanzados recientemente por el ACNUR en sus
discusiones con el Gobierno de Marruecos en torno a sus actividades
preparatorias del regreso de los refugiados al Territorio. Confío en
que el Frente POLISARIO amplíe su cooperación con el ACNUR para que
éste pueda reanudar su ejercicio de preinscripción en los dos
campamentos que quedan en Tinduf antes del 3 de mayo de 1999, como
tiene previsto. Es importante que ambas partes sigan colaborando con el
ACNUR para que éste pueda completar su labor preparatoria del regreso
de los refugiados saharauis, como se prevé en el Plan de Arreglo.
23. Las consultas entre el ACNUR y Marruecos ya han dado lugar a acuerdos
oficiales para la implantación del ACNUR en el Territorio. Muy
recientemente, el ACNUR inició consultas con Marruecos sobre la
redacción definitiva del protocolo relativo a la planificación de la
repatriación de los refugiados, y en breve hará otro tanto con el
Frente POLISARIO. Exhorto a todos los interesados a que hagan todo lo
posible para llegar a un acuerdo antes de finales de mayo de 1999.
24. Me congratulo de los acuerdos militares concluidos entre la MINURSO y
las dos partes acerca de la señalización de las minas y municiones no
explosionadas, y observo con satisfacción que ambas partes han empezado
a aplicarlos, en colaboración con la MINURSO. En cuanto a la puesta en
práctica de las disposiciones del párrafo 42 del acuerdo sobre el
estatuto de las fuerzas entre las Naciones Unidas y Marruecos,
relativas al aporte de armas y cuestiones conexas, espero que en breve
se concluya un acuerdo al respecto.
25. El esbozo de calendario revisado del proceso del referéndum recoge las
estimaciones de la MINURSO tocante a la conclusión de los procesos de
identificación y apelación en noviembre de 1999 y febrero del año 2000,
y el inicio del período de transición en febrero del año 2000, que
habrán de abocar en la campaña de referéndum en junio-julio del año
2000 y en el propio referéndum a finales de julio del año 2000. Ahora
bien, la aplicación puntual de este calendario depende de muchos
supuestos esenciales, entre otros: la autorización del Consejo de
Seguridad para iniciar en julio de 1999 los preparativos para el pleno
despliegue de las tropas de la MINURSO; la plena cooperación de las
partes en la identificación de los solicitantes individuales de los
grupos tribales H41, H61 y J51/52, a fin de mantener un programa
riguroso, sin las demoras ni las interrupciones padecidas hasta ahora;
la expectativa de que el proceso de identificación no se transforme en
una segunda tanda de identificación de todos los solicitantes que han
sido considerados sin derecho a votar; la redacción definitiva, a más
tardar a finales de 1999, de las disposiciones de planificación de la
repatriación; el despliegue de las unidades militares formadas, los
observadores militares y la policía civil adicionales en enero del año
2000; la disminución y el acuartelamiento de las tropas en ambas
partes; la remoción de minas en las rutas de repatriación; la
proclamación de una amnistía general; y un proceso de repatriación
completado en 16 semanas, plazo considerablemente inferior a las
estimaciones actuales del ACNUR.
26. Si las partes aceptasen los protocolos y las directrices prácticas que
se proponen, el Consejo de Seguridad debería estudiar la conveniencia
de ampliar el mandato de la MINURSO por un período de seis meses, hasta
el 30 de octubre de 1999. Tendría el propósito de informar al Consejo a
intervalos de dos meses acerca de los progresos alcanzados en la
ultimación de los procesos de identificación y apelación y acerca del
inicio del período de transición.
ANEXO
Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara
Occidental: contribuciones al 23 de abril de 1999
Observadores Observadores de la
País militares Efectivos policía civil Total
Argentina 1 - - 1
Austria 5 - - 5 *
Bangladesh 6 - - 6
Canadá - - - -
China 16 - - 16
Egipto 19 - 1 20
El Salvador 2 - - 2
Estados Unidos de 15 - - 15
América
Federación de 25 - - 25
Rusia
Francia 25 - - 25
Ghana 6 7 1 14
Grecia 1 - - 1
Guinea 3 - - 3
Honduras 12 - - 12
India - - 10 10
Irlanda 7 - - 7
Italia 5 - - 5
Kenya 8 - - 8
Malasia 13 - - 13
Nigeria 5 - - 5
Pakistán 6 - 9 15
Polonia 3 - - 3
Portugal 4 1 5
República de - 20 - 20
Corea
Uruguay 13 - - 13
Venezuela 3 - - 3
Total 203 27 22 252
* Además del Comandante de la Fuerza.