MANIFIESTO DE LOS PROFESORES ESPAÑOLES DE DERECHO INTERNACIONAL Y RELACIONES INTERNACIONALES SOBRE EL EJERCICIO DEL DERECHO A LA LIBRE DETERMINACIÓN DEL PUEBLO DEL SAHARA OCCIDENTAL

 

Los profesores españoles de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales, asumiendo la responsabilidad que nos corresponde,

Teniendo en cuenta que el proceso de libre determinación del Sahara Occidental se encuentra, transcurridos veintisiete años desde el abandono del territorio por España, en un momento crucial,

Considerando las obligaciones internacionales de España, y, en particular, las que se derivan de su estatuto de potencia colonizadora, así como de su actual condición de miembro del Consejo de Seguridad,

Recordando el constante compromiso de los gobiernos constitucionales españoles con una solución basada en la libre expresión de la voluntad del pueblo saharaui,

MANIFESTAMOS lo siguiente

1. La Corte Internacional de Justicia, órgano judicial principal de las Naciones Unidas, en su dictamen sobre el Sahara Occidental (1975), consideró aplicable la Resolución 1514 (XV) a la descolonización del citado territorio y, en particular, el principio de autodeterminación mediante la expresión libre y auténtica de la voluntad del pueblo saharaui.

2. La Resolución 1514 (XV) de la Asamblea General afirma el derecho de los pueblos coloniales, condición actual del pueblo saharaui, a su independencia completa, mediante la consulta a su población.

3. A los efectos del ejercicio del derecho inalienable a la libre determinación, por pueblo saharaui debe considerarse el conjunto de personas incluidas en el censo confeccionado por España en 1974, actualizado por las Naciones Unidas en aplicación del Plan de Arreglo que fue aceptado por Marruecos y el Frente POLISARIO en 1990.

4. El territorio del Sahara Occidental posee, en virtud de la Carta de las Naciones Unidas, una condición jurídica distinta y separada de la potencia que lo ocupa, no pudiendo considerarse en ningún caso parte integrante del territorio marroquí, por lo que ningún Estado deberá concertar acuerdo alguno con Marruecos que directa o indirectamente suponga reconocer, o pueda interpretarse como el reconocimiento de la soberanía marroquí sobre el territorio del Sahara Occidental.

5. El pueblo del Sahara Occidental posee soberanía permanente sobre los recursos naturales del territorio. Todo Estado debe abstenerse de concertar acuerdos con Marruecos que impliquen la exploración y/o explotación de los recursos naturales del Sahara Occidental.

6. El mantenimiento de la ocupación por la fuerza del territorio del Sahara Occidental constituye, además, una violación manifiesta del derecho fundamental del pueblo saharaui a su libre determinación, de conformidad con los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y la Carta de las Naciones Unidas.

7. El Derecho Internacional General establece la obligación de todos los Estados de no reconocer la situación creada por la violación grave de una norma imperativa, como es la que se deriva de imponer a un pueblo colonial un régimen de ocupación por otro Estado, así como la obligación de todos los Estados de no contribuir a su consolidación.

8. El gobierno español tiene la obligación jurídica, política y moral de tomar todas las medidas necesarias en orden a garantizar la libre determinación efectiva del pueblo saharaui, y contribuir así a la estabilidad global de la Región.

9. España debe promover el estricto cumplimiento del Derecho Internacional, manteniendo en el seno del Consejo de Seguridad una posición firme en defensa de la aplicación del Plan de Arreglo aprobado por este mismo órgano en 1990, único aceptado por las partes implicadas e interesadas y que contiene todos los elementos necesarios para una solución justa, viable y equitativa, acorde con el Derecho Internacional. La responsabilidad de España respecto del pueblo saharaui no finalizará hasta que éste haya ejercido su derecho a la libre determinación.

10. Las Naciones Unidas y sus Estados miembros tienen la responsabilidad principal en materia de descolonización. El mantenimiento por la fuerza de una situación colonial puede constituir uno de los supuestos susceptibles de determinar la aplicación por el Consejo de Seguridad de todas las medidas previstas en el Capítulo VII de la Carta de Naciones Unidas.

En San Sebastián, a 27 de junio de 2003

FIRMANTES DEL MANIFIESTO

(pertenecientes a 43 Universidades españolas)

Victoria ABELLAN HONRUBIA (Universitat de Barcelona), Antonio REMIRO BROTONS (Universidad Autónoma de Madrid), Luis Ignacio SANCHEZ RODRIGUEZ (Universidad Complutense de Madrid), Mª Paz ANDRES SAEZ DE SANTAMARIA (Universidad de Oviedo), Cesáreo GUTIERREZ ESPADA (Universidad de Murcia), Antonio Francisco FERNÁNDEZ TOMÁS (Universidad de Castilla-La Mancha), José JUSTE RUIZ (Universitat de València), Anna BADIA MARTI (Universitat de Barcelona), Juan Manuel DE FARAMIÑAN GILBERT (Universidad de Jaén), Carlos FERNANDEZ DE CASADEVANTE ROMANI (Universidad Rey Juan Carlos de Madrid), Javier ROLDAN BARBERO (Universidad de Almería), Alejandro J. RODRIGUEZ CARRION (Universidad de Málaga), Rosario HUESA VINAIXA (Universitat de les Illes Balears), Fco. Javier QUEL LOPEZ (Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Andreu OLESTI RAYO (Universitat de Barcelona), Jordi BONET PEREZ (Universitat de Barcelona), Concepción ESCOBAR HERNANDEZ (UNED), Antoni PIGRAU SOLÉ (Universitat Rovira i Virgili de Barcelona), Alejandro DEL VALLE GÁLVEZ (Universidad de Cádiz), Alegría BORRÁS RODRIGUEZ (Universitat de Barcelona), Santiago ÁLVAREZ GONZÁLEZ (Universidad de Santiago de Compostela), Xavier PONS RAFOLS (Universitat de Barcelona), Fernando MARIÑO MENENDEZ (Universidad Carlos III de Madrid), Jorge CARDONA LLORENS (Universitat Jaume I, de Castellón), Manuel LÓPEZ ESCUDERO (Universidad de Cantabria), Juan José ALVAREZ RUBIO (Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), José Manuel SOBRINO HEREDIA (Universidad de A Coruña), Manuel PÉREZ GONZÁLEZ (Universidad Complutense de Madrid), Pilar RODRÍGUEZ MATEOS (Universidad de Oviedo), Pablo Antonio FERNÁNDEZ SÁNCHEZ (Universidad de Huelva), Jaume FERRER LLORET (Universidad de Alicante), Juan Miguel ORTEGA TEROL (Universidad de Castilla-La Mancha), Javier GONZALEZ VEGA (Universidad de Oviedo), Jaume SAURA ESTAPA (Universitat de Barcelona), Juan SOROETA LICERAS (Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Mª Dolores BOLLO AROCENA (Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Oscar ABALDE CANTERO (Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Nicolás ALONSO MOREDA (Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Igone URTIZBEREA SEIN (Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Cristina ARTERO PEREZ (Universidad de Oviedo), Mar CAMPINS ERITJA (Universitat de Barcelona), Magdalena MARTIN MARTINEZ (Universidad de Málaga), Elena GARCÍA RICO (Universidad de Málaga), María Isabel TORRES CAZORLA (Universidad de Málaga), Eloy RUILOBA GARCIA (Universidad de Málaga), Ana SALINAS DE FRIAS (Universidad de Málaga), Milagros ALVAREZ VERDUGO (Universitat de Barcelona), Eduard SAGARRA TRIAS (Universitat de Barcelona), Laura HUICI SANCHO (Universitat de Barcelona), Alfonso GONZÁLEZ BONDIA (Universitat Rovira i Virgili de Barcelona), Pilar JIMÉNEZ BLANCO (Universidad Carlos III de Madrid), Natividad FERNÁNDEZ SOLA (Universidad de Zaragoza), Mariano Javier AZNAR GÓMEZ (Universitat de València), Ignacio FORCADA BARONA (Universidad de Castilla-La Mancha), Eva María RUBIO FERNÁNDEZ (Universidad de Murcia), María del Carmen MUÑOZ RODRÍGUEZ (Universidad de Jaén), Susana BORRÀS PENTINAT (Universitat Rovira i Virgili de Barcelona), Ferrán IZQUIERDO BRICHS (Universitat Autònoma de Barcelona), Nuria CAMPS MIRABET (Universitat de Lleida), David BONDIA GARCIA (Universitat de Barcelona), Miguel Angel ACOSTA SANCHEZ (Universidad de Cádiz), Miquel PALOMARES AMAT (Universitat de Barcelona), Nora SAINZ GSELL (Universitat Autònoma de Barcelona), Xavier FERNANDEZ PONS (Universitat de Barcelona), Alfonso J. IGLESIAS VELASCO (Universidad Autónoma de Madrid), Rafael GRASA HERNÁNDEZ (Universitat Autònoma de Barcelona), Björn ARP (Universidad de Alcalá), José Manuel CORTÉS MARTÍN (Universidad Pablo de Olavide de Sevilla), Elena CONDE PEREZ (Universidad Complutense de Madrid), Patricia OREJUDO PRIETO DE LOS MOZOS (Universidad de Oviedo), José Antonio SANAHUJA PERALS (Universidad Complutense de Madrid), Amelia DÍAZ PÉREZ (Universidad de Granada), Rosa RIQUELME CORTADO (Universidad de Murcia), José Luis DE CASTRO RUANO (Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Joan David JANER TORRENS (Universitat de les Illes Balears), Rubén CARNERERO CASTILLA (Universidad Complutense de Madrid), Antonio BLANC ALTEMIR (Universidad de Lleida), Soledad TORRECUADRADA GARCÍA-LOZANO (Universidad Autónoma de Madrid), Esperanza ORIHUELA CALATAYUD (Universidad de Murcia), Ana SALADO OSUNA (Universidad de Sevilla), Jesús VERDÚ BAEZA (Universidad de Cádiz), Angeles MAZUELOS BELLIDO (Universidad Autónoma de Madrid), María Teresa PONTE IGLESIAS (Universidad de Santiago de Compostela), Rosa M. FERNÁNDEZ EGEA (Universidad Autónoma de Madrid), Mª del Rosario CARMONA LUQUE (Universidad de Cádiz), Carlos BALLESTEROS GARCIA (Universidad Pontificia de Comillas), Pablo AGUIAR MOLINA (Universitat Autònoma de Barcelona), Carlos TEIJO GARCÍA (Universidad de Santiago de Compostela), Olga MARTÍN ORTEGA (Universidad de Jaén), Mariano AGUIRRE ERNST (Centro de Investigación para la Paz &endash;CIP-), Luis PERAL FERNÁNDEZ (Universidad Carlos III de Madrid), Ángel G. CHUECA SANCHO (Universidad de Zaragoza), Javier PÉREZ MILLA (Universidad de Zaragoza), Ana AYUSO POZO (Universitat Autònoma de Barcelona), Rafael GARCÍA PÉREZ (Universidad de Santiago de Compostela), Mariona ILLAMOLA DAUSÀ (Universitat de Girona), Elena ALVAREZ LOPEZ (Universidad Complutense de Madrid), Montserrat ABAD CASTELOS (Universidad Carlos III de Madrid), Francisco JIMÉNEZ GARCÍA (Universidad Rey Juan Carlos de Madrid), Idoia OTAEGI AIZPURUA (Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Margalida CAPELLÀ ROIG (Universitat de les Illes Balears), Alexander UGALDE ZUBIRI (Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Juan SAN SEGUNDO MANUEL (Universidad Carlos III de Madrid), Miguel ARENAS MEZA (Universidad de Santiago de Compostela), Belén SÁNCHEZ RAMOS (Universidad de Vigo), Marta SOBRIDO PRIETO (Universidad de A Coruña), Ana Gemma LÓPEZ MARTÍN (Universidad Complutense de Madrid), Pilar TRINIDAD NUÑEZ (Universidad de Extremadura), Adela REY ANEIROS (Universidad de A Coruña), Carmen MARTINEZ CAPDEVILA (Universidad Autónoma de Madrid), Rafaela URUEÑA ALVAREZ (Universidad de Valladolid), Isabel CASTAÑO GARCÍA (Universidad Complutense de Madrid), José Angel SOTILLO LORENZO (Universidad Complutense de Madrid), Juan José MARTÍN ARRIBAS (Universidad de Burgos), Ignacio RODRÍGUEZ ÁLVAREZ (Universidad de Oviedo), Paloma GARCÍA PICAZO (UNED), Angel SÁNCHEZ LEGIDO (Universidad de Castilla-La Mancha), Ana QUIÑONES ESCAMEZ (Universitat Pompeu Fabra de Barcelona), Joaquín ALCAIDE FERNÁNDEZ (Universidad de Sevilla), Julia RUILOBA ALVARIÑO (Universidad Rey Juan Carlos de Madrid), Carmela PÉREZ BERNÁRDEZ (Universidad Complutense de Madrid), María HERNÁNDEZ GARCÍA (Universidad de A Coruña), Pilar RUPÉREZ CORNELL (Universitat de les Illes Balears), Miguel Ángel CEPILLO GALVÍN (Universidad de Cádiz), Karlos PÉREZ ALONSO DE ARMIÑO (Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Carmen Isabel TORRES GARCÍA (Universidad de Castilla-La Mancha), María MARTINEZ CARMENA (Universidad de Castilla-La Mancha), Felipe GONZÁLEZ ALVAREZ (Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Laura FELIU MARTÍNEZ (Universitat Autònoma de Barcelona), Santiago José CASTELLÀ SURRIBAS (Universitat Rovira i Virgili), Luis Vicente PÉREZ GIL (Universidad de La Laguna), Irene AYALA CADIÑANOS (Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Antonio PASTOR PALOMAR (Universidad Rey Juan Carlos de Madrid), Angelines CANO LINARES (Universidad Rey Juan Carlos de Madrid), Susana RODERA (Universidad de Granada), Santiago RIPOL CARULLA (Universitat Pompeu Fabra de Barcelona) Iñigo FERNANDEZ-RIVERA BECERRO (Universidad de Deusto), Mª Angeles RUIZ COLOMÉ (Universidad Complutense de Madrid)


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